Diego Mestre pide penar a quien viole la medida cautelar de restricción domiciliaria o de no acercamiento a lugar o persona

El diputado nacional presentó un proyecto de ley que otorga una herramienta más a la justicia para luchar contra la violencia de género.
La iniciativa presentada por el legislador de Cambiemos, propone la incorporación de dos artículos al Código Penal que establecen penas para quienes incumplan las medidas cautelares de restricción o de no acercamiento a una persona dictadas por un órgano judicial.
La idea de Mestre es reprimir con prisión de dos a seis años, al que desobedezca las medidas cautelares especificadas en el Art. 4 de la ley 24.417 de Protección contra la violencia familiar y penas con prisión de uno a cuatro años al que desobedeciere la medida cautelar de restricción domiciliaria o de no acercamiento a un lugar o persona, dictada por la justicia.
La iniciativa del legislador Cordobés tiene como objetivo tipificar de manera clara los delitos que tantas veces han resultado finalmente en femicidios, ya que “La mayoría de las víctimas de violencia de género vive un infierno, en una situación de indefensa total y de riesgo de muerte permanente. Viven confundidas y aterrorizadas porque la mayoría de los violentos no cumplen las restricciones” afirmó.
Diego Mestre, expresó que “Con este proyecto de ley intentamos subsanar un vacío legal y que no queden dudas de que es necesario actuar ante la violación de órdenes de restricción por violencia de género, esto debe ser considerado delito y castigado,  esta conducta del incumplidor no puede quedar impune porque hay mujeres que viven un calvario y padecen el constante hostigamiento”.
En otros países del mundo, la violación de una orden de restricción ya fue tipificada como delito y en Argentina debemos legislar en ese sentido para proteger a quienes están en peligro.

Fuente: edicioncalificada.com.ar