Avanza el proyecto para sancionar a policías que dejen de prestar servicio

El proyecto de Aníbal Fernández sufriría modificaciones.

La Comisión de Justicia y Asuntos Penales del Senado despachó favorablemente el proyecto de Aníbal Fernández (FpV) que fija sanciones para los autoacuartelamientos de las fuerzas policiales, iniciativa que contó con el apoyo de la oposición.

Fue tras un desarrollo que dejó dudas, ya que la reunión arrancó con sólo seis senadores presentes, en una semana sin sesión y con el tema candente del fallo de la Corte estadounidense por los fondos buitre.

Al inicio, el propio presidente del Cuerpo, Pedro Guastavino (FpV) se encargó de aclarar que se sesionaba sin quórum, por lo que el reglamento no permite dictaminar. Pero pasada la media hora, otros tres senadores arribaron al Salón Illia, y al finalizar el debate se pasó a la firma el dictamen, al que suscribieron los nueve senadores.

Ellos fueron, además de Guastavino, Marina Riofrío, Ruperto Godoy, Marcelo Guinle, María de los Angeles Higonet, Pablo González (FpV), Ernesto Sanz, Mario Cimadevilla (UCR) y Liliana Negre (peronismo disidente).

Aníbal Fernández explicó que su proyecto, presentado luego de los reclamos policiales en distintas provincias que culminaron con saqueos en diciembre pasado, propone un agregado al artículo 252 del Código Penal para aplicar “sanciones e inhabilitaciones”.

No obstante, aclaró que esto “no le impide” a los policías “poder manifestarse como corresponde con sus reclamos”, pero advirtió que ístos “no pueden dejar de lado la importante responsabilidad que se les ha asignado”.

El proyecto incorpora penas para miembros de las fuerzas de seguridad nacionales, provinciales, porteñas o de una agencia estatal armada, que “a sabiendas” abandonen “injustificadamente” su servicio o “maliciosamente omitieren la prestación regular de su función”.

Las penas previstas en el texto van de 750 a 12 mil 500 pesos e inhabilitación especial de un mes a un año, para aquel “funcionario público que, sin habírsele admitido la renuncia de su destino, lo abandonare con daño del servicio público”.

Asimismo establece que el oficial “será reprimido con pena de prisión de uno a tres años e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble tiempo de la condena”.

Además, “si, como consecuencia del abandono u omisión tipificado se produjeren daños a bienes de la fuerza, bienes de terceros, lesiones o muerte de sus camaradas o terceros, se aplicará una pena de prisión de dos a ocho años e inhabilitación absoluta para desempeñar cargos públicos”.

Una vez que llegue al recinto, el texto sufriría dos modificaciones: se eliminarán las referencias a “agencia estatal armada” y se incorporará un agregado que indique que las fuerzas policiales tienen a su cargo el cuidado de “bienes”, además de “personas”.

Fuente: edicioncalificada.com.ar