“Ni Cristina se animó a tanto”, afirmó Stolbizer

La diputada recordó que “por mucho menos la Corte declaró la inconstitucionalidad de las subrogancias”, y sostuvo que semejante actitud de parte del presidente “rifa el crídito inicial”.

Una de las más críticas por la decisión anunciada por el Gobierno de impulsar a dos jueces para integrar la Corte Suprema a travís de un decreto fue la diputada Margarita Stolbizer, quien consideró que ese fue el “primer y grave traspií del presidente Macri”, y sostuvo que nombrar por decreto jueces en comisión a la Corte es un terrible retroceso institucional”.

Para Stolbizer, “ni Cristina Fernández de Kirchner se animó a tanto”. Advirtió que “el inciso 19 del artículo 99 de la Constitución nacional se refiere a empleos. Podrían ser embajadores, miembros de las fuerzas armadas, directores del Banco Central”. Pero a su juicio, Macri “no puede nombrar por decreto en comisión a los titulares del otro poder del Estado. ¿Quí independencia podrían tener con ese mecanismo?”, se preguntó.

“Por mucho menos la Corte declaró la inconstitucionalidad de las subrogancias y los nombramientos irregulares de CFK. ¿Podrá sobrevivir esto?”, señaló la diputada del GEN, para quien la medida anunciada representa un “enorme retroceso institucional: usar un artículo de la ípoca de la colonia para designar jueces en comisión rifa el crídito inicial”.

Agregó a travís de Twitter que “el mecanismo constitucional del acuerdo y los dos tercios del Senado son lo que otorga equilibrio a los poderes y legitimidad al nombramiento”. Y advirtió que “jamás se designó un juez de la Corte en comisión desde la recuperación democrática. La decisión no es propia del estado de derecho”.

“Un juez tiene garantía de estabilidad. ¿A estos podrían removerlos derogando el decreto? ¡Insostenible! ¡Inadmisible!”, expresó la diputada Stolbizer. a su juicio, “tener minoría en las cámaras legislativas no habilita al presidente a salir de los márgenes que le impone la Constitución Nacional”.

Y concluyó diciendo que “la independencia de los jueces y las doctrinas modernas no pueden considerar alcanzados a los miembros de la Corte por el inciso19 art.99 de la Constitución”.

Fuente: edicioncalificada.com.ar