Tratarán una serie de DNU y aprobar dos leyes en el Senado

A partir de las 14, los senadores tratarán los proyectos de educación a distancia y alquileres, como así también trece DNU entre los que figuran dos firmados por Mauricio Macri a los que el oficialismo quiere derogar.

La Cámara de Senadores realizará esta tarde su tercera sesión virtual en tiempos de coronavirus, con el fin de tratar dos proyectos que podría convertir en ley dos proyectos y una serie de decretos entre los que figuran dos aprobados durante la gestión Macri, que traspasaron las escuchas telefónicas de la Procuración General de la Nación a la Corte Suprema de Justicia, a los que el oficialismo pretende derogar.

La sesión especial está prevista para este jueves a partir de las 14, y contempla el proyecto que incorpora la “excepcionalidad a distancia” transitoria para todos los niveles de educación obligatorios en el artículo 109 de la Ley de Educación Nacional.

Esta excepcionalidad deberá contar con una declaración previa del Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación o con la jurisdicción según corresponda, cuando la escolaridad presencial sea inviable, en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos.

En el marco de esta excepcionalidad, deberán adoptarse disposiciones para la reorganización pedagógica e institucional del régimen académico y de la capacitación docente. Asimismo, deberá atenderse la provisión de recursos tecnológicos y conectividad que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad y la adopción de condiciones de salud y seguridad en el trabajo, según establece el proyecto que se pondrá a consideración del Cuerpo, que será ley en caso de ser aprobado, pues cuenta con media sanción de Diputados desde el 21 de mayo pasado, cuando fue aprobado por amplia mayoría.

Alquileres

El otro proyecto de ley que será abordado este jueves es el que modifica el Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.944) respecto de los contratos de locación. En este caso también cuenta con media sanción de Diputados desde noviembre del año pasado, pero podría ser modificado, según se desprende de lo conversado este martes durante su debate en comisión.

El proyecto establece que el  pago del mes anticipado y el depósito de garantía no pueden ser mayores al equivalente a un mes de alquiler, respectivamente. El reintegro del mes de garantía debe realizarse en efectivo al momento de la restitución del inmueble, al valor del último mes de alquiler.

En cuanto al plazo mínimo de los alquileres, se amplía a tres años, con las excepciones del artículo 1199 del Código Civil y Comercial de la Nación; además, quedan a cargo del locatario aquellas expensas que deriven de gastos habituales, es decir, vinculados a los servicios normales y permanentes a su disposición. Las expensas extraordinarias debe pagarlas el locador.

Los gastos a cargo del locador pueden ser compensados por el locatario con el importe de los alquileres, previa notificación fehaciente, mientras que la intermediación solo puede estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario.

El locatario debe proponer al menos dos alternativas para las garantías: entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario (recibo de sueldo, certificado de ingresos, etc.); el locador no puede requerir garantía que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación, salvo el caso de que la garantía sea de ingresos, en cuyo caso puede elevarse a diez veces.

Solo se admite que los ajustes al valor de los alquileres sean anuales, y deben seguir un índice conformado en partes iguales por el IPC (índice de precios al consumidor) y el RIPTE (remuneración imponible promedio de los trabajadores estables).

Decretos de Necesidad y Urgencia

Luego de esos temas, los senadores se abocarán a la discusión de trece DNU, con la particularidad mencionada de que habrá dos correspondientes a los años 2015 y 2017, suscriptos por Mauricio Macri.

Los decretos previstos para discutir este jueves que llevan la firma de Alberto Fernández son el 408/20 y el 459/20 que prorrogan el Aislamiento Social Preventivo y Obligatoria; el 409/20, referido al cierre de fronteras; el 426/20 que impide la posibilidad de suspender el servicio prepago de telefonía móvil o internet por falta de abono; y el 457/20 que modifica el Presupuesto General.

También figura en el temario los decretos 391 y 404/20 sobre reestructuración de títulos públicos emitidos bajo legislación extranjera; el 52/19 que dispone la intervención de la AFI; el 487/20 que prohíbe los despidos; y el 488/20, que establece un valor fijo para la comercialización del petróleo crudo para refinerías locales hasta el 31 de diciembre próximo.

Los dos correspondientes a la gestión macrista son los que despertarán seguramente un encendido debate que ya se anticipó en ocasión de la discusión en comisión. Se trata del decreto 256/15, que transfirió el Departamento de Interceptación y Captación de las Comunicaciones de la órbita de la Procuración General -entonces encabezada por Alejandra Gils Carbó- a la Corte Suprema de Justicia, como así también el 102/17, también dictado por Mauricio Macri, que puso a cargo del Poder Judicial la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado, en cabeza de los camaristas Martín Irurzun y Javier Leal de Ibarra. La acalorada discusión concluyó con la retirada masiva de los representantes de Juntos por el Cambio.

No es de esperar que el debate de este jueves sobre esa cuestión en el recinto -aunque sea virtual- vaya a ser más calmado. Más bien todo lo contrario.

(Prensa- Parlamentario)