El municipio exime el pago de tasas a comerciantes del Puerto de Frutos y otros contribuyentes afectados por la pandemia 

    Se trata de un decreto firmado por el intendente Julio Zamora. Según se informó desde el municipio, el beneficio se aplicará para las cuotas 04 a 08 del ejercicio 2020 y alcanzará a quienes no presenten deudas al 31 de enero del corriente año. Entre los rubros alcanzados se encuentran agencias de turismo y hoteles, bares y restaurantes, salones de fiesta, canchas de fútbol, escuelas de idioma, gimnasios, peluquerías y salones de belleza, entre otros.

    En el marco de la emergencia sanitaria por coronavirus, y visto el consecuente impacto que esta tiene en la economía, el Municipio de Tigre decretó la eximición del pago de tasa por verificación de Industrias, Comercios y Empresas Prestadoras de Obras y/o Servicios a comerciantes del Puerto de Frutos y otros contribuyentes afectados por la pandemia.

    El documento, firmado por el intendente Julio Zamora y de los secretarios General de Obras y Servicios Públicos, de Gobierno y de Economía y Hacienda, informa que el beneficio se aplicará para las cuotas 04 a 08 del ejercicio 2020 y alcanzará a quienes no presenten deudas al 31 de enero del corriente año. Aquellos contribuyentes que no cumplan con este requisito, podrán acogerse a los planes de regularización vigentes, antes del 31 de diciembre.

    A continuación, se detallan los rubros que podrán hacer uso del beneficio: academias en general; acuarios; agencias de turismo/venta de pasajes; alquiler de bungalows; alquiler de equipamiento para fiestas y eventos; alquiler de kayaks y canoas; artesanía; bares, restaurantes, parrillas y comedores; buffet de clubes; calesitas y otros juegos; canchas de futbol, tenis, paddle, golf y similares; casas o habitaciones en alquiler; cines, teatros, parques y estudios de grabación; confiterías bailables; disquerías/ alquiler y venta de videos; escuelas de conductores; escuelas de idioma, técnicas, danza y música; florerías/ venta de plantas y macetas; gimnasios; guarderías de niños/jardines maternales; hoteles alojamiento, hoteles y hosterías; juegos de escape, paintball y/o similares; juegos en red, cyber o similares; juegos manuales, electrónicos, electromecánicos, camas elásticas; oficinas y/o boleterías de venta de pasajes; peluquerías, salones de belleza, barberías, tatuajes; pistas de karting, bicicross o similares; pool, billar, bolos y/o similares; recreos y campings; salones de fiestas.

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